La Sociedad LLC otorga al inversor extranjero el beneficio de serle aplicable el régimen de transparencia fiscal, que posibilita que el inversor extranjero tribute sólo por los beneficios
La Sociedad LLC otorga al inversor extranjero el beneficio de serle aplicable el régimen de transparencia fiscal, que posibilita que el inversor extranjero tribute sólo por los beneficios que recibe como miembro de la sociedad. El IRS otorga a la Sociedad LLC la posibilidad de que tribute como corporación o como Sociedad LLC con transparencia fiscal. La sociedad puede escoger ser tratada fiscalmente como Sociedad LLC con transparencia fiscal o, en el supuesto de que no elija ninguna opción, por defecto, se la trataría como Sociedad LLC con transparencia fiscal. La elección del trato fiscal puede ser cambiado con el IRS, pero solamente una vez cada cinco años, a no ser que cambie más del 50% de los Miembros de la Sociedad LLC o que, en su caso, cualquier cambio adicional de trato fiscal sea aprobado por el IRS.
Las Sociedades LLC de un solo miembro no están obligadas a presentar una declaración de impuestos como sociedad como tal, ya que por el régimen de transparencia fiscal los beneficios o pérdidas son imputables al miembro y será el miembro quien deberá presentar la declaración de impuestos. Si el miembro es una persona física, deberá cumplimentar el Formulario 1040; y si es una persona jurídica, deberá cumplimentar el Formulario 1120.
Las Sociedades LLC de más de un miembro, por el contrario, sí tienen asignado un formulario para cumplir con sus obligaciones tributarias: el Formulario 1065. Además, la Sociedad LLC otorga completa limitación de responsabilidad al socio.
Existen dos excepciones en los que las inversiones extranjeras en Estados Unidos no pueden realizarse mediante el modelo de Sociedad LLC:
1) Las sociedades cuyo interés es convertirse en sociedades “públicas”, denominadas así porque cotizan en bolsa. Tienen que adoptar, por mandato legal, la forma de Corporación “C”;
2) Algunas empresas, como las dedicadas al desarrollo de actividades bancarias o financieras, deben establecerse adoptando el modelo de Sucursal (“Branch”), debido a que la ley obliga a la sociedad matriz a que se registre como tal en el estado donde desea desarrollar actividades, sin crear una persona jurídica distinta a ella, y que responda, sin limitación de responsabilidad, en el estado en donde ha quedado establecida la sociedad y donde desarrolla sus actividades principales.