Sociedad Comanditaria (Limited Partnership)

Con anterioridad a la existencia de las Sociedades LLC, las Sociedades Comanditarias eran el tipo de sociedad más adecuado para las inversiones de los extranjeros en los Estados Unidos al ofrecer limitación de responsabilidad de los socios comanditarios y por serles aplicable el principio de transparencia fiscal por el que las ganancias o pérdidas de la sociedad son directamente atribuibles a los socios, quienes asumen de manera directa y personal toda la responsabilidad fiscal.
La Sociedad Colectiva queda establecida mediante la firma por el Socio Colectivo y los Socios Comanditarios de un Contrato Privado (Limited Partnership Agreement) que la regula y que contiene el nombre de la sociedad comanditaria, su dirección de negocios, el objeto, el término, la contribución de capital de cada socio, la asignación de pérdidas y distribución de beneficios, administración, salarios, propiedades y banca, contabilidad, año fiscal y auditorias, transferencia de intereses, opción de compra y derecho de compra, suspensión de pagos y quiebra, notificaciones, legislación aplicable y tribunales competentes y disolución.
Las Sociedades Comanditarias deben registrar su Contrato Privado de constitución en el Departamento o Secretario de Estado en donde esté establecida la sociedad. Anualmente deberán notificar al Departamento o Secretario de Estado su dirección de negocios y postal, y el nombre y dirección del Administrador o Administradores incurriendo en penalidades en caso de retraso o demora en el cumplimento de esas obligaciones.
La Sociedad Comanditaria debe, al igual que lo ya señalado previamente para los otros tipos de sociedades, registrarse con el IRS y obtener un EIN con el que presentará su Declaración de Impuestos ante las Autoridades Tributarias Federales y Estatales antes del quince de Abril de cada año, y puede solicitar antes de esa fecha una Extensión y también podrá solicitar un NIV en la Administración Tributaria del Estado en donde esté constituida y registrada con el que presentará sus declaraciones de ventas trimestralmente.